La Comisión Nacional de Valores emitió la Resolución N° 837/2020 de fecha 28.04.2020, por medio de la cual dispuso que: “Las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES CNV) comprendidas en el régimen “PYME CNV GARANTIZADA” deberán publicar en la Autopista de la Información Financiera (AIF) los estados contables anuales con cierre el 31 de diciembre de 2019, dentro de los CIENTO CUARENTA (140) días corridos de cerrado el ejercicio”.
En razón de lo expuesto, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, en ejercicio de las actividades delegadas conforme al artículo 32 inciso b) de la Ley 26.831 y su modificatoria, ha resuelto otorgar a las citadas emisoras, que se encuentren autorizadas a listar en BYMA, una prórroga para presentar sus estados financieros anuales al 31.12.19, por el mismo plazo y en un todo de acuerdo con lo dispuesto por la Comisión Nacional de Valores.
Ver Comunicado de BCBA y BYMA.